Pensión de alimentos en Chile:

09.02.2026

¿Hasta qué edad se paga la pensión de alimentos a los hijos en Chile?

De acuerdo con el Artículo 323 del Código Civil chileno, la obligación de pagar pensión de alimentos a los hijos se extingue a los 21 años de edad, sin embargo se mantiene mientras el hijo o hija se encuentre en proceso de formación para obtener su primera profesión u oficio, y  puede extenderse hasta los 28 años de edad en el caso de todavía estar cursando la primera carrera profesional o técnica. Teniendo como límite máximo los 28 años de edad sea que haya finalizado o no su carrera. Con lo cual el padre o madre alimentante podrá solicitar el cese o término de la pensión de alimentos en nuestra mediación online a cargo de la Mediadora Paola Aedo Peralta. Así también se puede cesar la pensión antes de los 28 años de edad si el hijo o hija obtiene su título profesional antes , ya que se entiende que cuenta con los medios de subsistencia propios. En el caso en que el hijo (a) presente una discapacidad que le impida trabajar entonces la pensión de alimentos es vitalicia.

Por Paola Aedo Peralta

Mediadora 

Registro 612 / 2005

Ministerio de Justicia

Corte de Apelaciones de Valdivia

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