Prohibición de Divulgación e Interceptación de la Mediación online o remota según el artículo 161-A del Código Penal

01.02.2026

Prohibida la divulgación e interceptación de sesiones y documentos de mediación

En el marco de la confidencialidad propia de la mediación, queda estrictamente prohibida cualquier forma de divulgación, grabación, interceptación o uso indebido de las sesiones de mediación y de los documentos que se generen o compartan durante el proceso. Esta protección alcanza a las partes, sus representantes, los mediadores y cualquier tercero que tenga acceso a la información. El incumplimiento de esta prohibición puede acarrear responsabilidades legales, disciplinarias y contractuales, por lo que se exige el máximo respeto a la reserva, integridad y privacidad de todo el material vinculado a la mediación.

Al respecto el artículo 161-A del Código Penal señala:

Código Penal
Artículo 161-A.

Se castigará con la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de 50 a 500 Unidades Tributarias Mensuales al que, en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público, sin autorización del afectado y por cualquier medio, capte, intercepte, grabe o reproduzca conversaciones o comunicaciones de carácter privado; sustraiga, fotografíe, fotocopie o reproduzca documentos o instrumentos de carácter privado; o capte, grabe, filme o fotografíe imágenes o hechos de carácter privado que se produzcan, realicen, ocurran o existan en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público.

Igual pena se aplicará a quien difunda las conversaciones, comunicaciones, documentos, instrumentos, imágenes y hechos a que se refiere el inciso anterior.

En caso de ser una misma la persona que los haya obtenido y divulgado, se aplicarán a ésta las penas de reclusión menor en su grado máximo y multa de 100 a 500 Unidades Tributarias Mensuales.

Esta disposición no es aplicable a aquellas personas que, en virtud de ley o de autorización judicial, estén o sean autorizadas para ejecutar las acciones descritas.


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